Qué ha cambiado en el certificado energético el 23 de julio de 2026 y cómo te afecta

Desde el 23 de julio de 2026, el certificado energético funciona de forma diferente en España. El Real Decreto 659/2025 ha introducido dos novedades que afectan directamente a cualquier persona que vaya a vender, alquilar o pedir ayudas para rehabilitar su vivienda: un nuevo registro oficial de técnicos habilitados y una ampliación de las titulaciones que pueden emitir el certificado.

En este artículo te explicamos qué ha cambiado, por qué importa y qué tienes que tener en cuenta si necesitas tramitar tu certificado energético a partir de ahora.

¿Qué es el nuevo Registro Centralizado de Técnicos Competentes?

El Real Decreto 1312/2024 nació para dar respuesta al Reglamento (UE) 2024/1028, que exigía a los Estados miembros establecer sistemas de registro para las viviendas ofertadas en plataformas de alquiler de corta duración como Airbnb o Booking.

La idea era simple: todo inmueble destinado a este tipo de alquiler debería obtener un número de registro —el NRA— antes de poder anunciarse en esas plataformas. Ese número se vinculaba al Registro de la Propiedad, con intervención del Colegio de Registradores.

¿Por qué lo ha anulado el Supremo?

Hasta ahora, cualquier profesional con titulación habilitante podía emitir un certificado energético sin necesidad de estar inscrito en ningún registro público unificado. Cada comunidad autónoma gestionaba sus propios listados, lo que generaba diferencias entre territorios y dificultaba saber si el técnico que contratabas estaba realmente acreditado.

Desde el 23 de julio de 2026, esto cambia. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha puesto en marcha el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes, un listado oficial y público donde tienen que estar inscritos todos los profesionales que quieran emitir certificados energéticos en España.

Esto significa que:

  • Solo los técnicos inscritos en este registro pueden emitir certificados energéticos con validez legal.
  • El registro es nacional, lo que evita duplicidades y facilita la movilidad entre comunidades autónomas.
  • Como propietario, puedes verificar que el técnico que contratas está oficialmente habilitado.

Las comunidades autónomas pueden optar por usar directamente este registro centralizado o mantener sus propios registros autonómicos, actualizando mensualmente la información al Ministerio. Tienen un plazo de 12 meses para adaptarse completamente.

¿Quién puede emitir ahora un certificado energético?

Otra novedad importante del Real Decreto 659/2025 es la ampliación de las titulaciones habilitadas para emitir certificados energéticos. Antes, el acceso estaba restringido a titulados universitarios con carreras técnicas específicas (arquitectura, ingeniería). Ahora se amplía a:

Titulados universitarios de ramas técnicas: Arquitectura, edificación, ingeniería industrial, telecomunicaciones, química, medioambiente, física, matemáticas, informática y otras. Algunos deberán completar un curso de formación oficial de dos módulos, con posibilidad de convalidación si ya tienen formación previa.

Técnicos de Formación Profesional: Grado Superior con contenidos específicos de eficiencia energética. También deberán superar los módulos del curso de formación complementaria establecido.

Profesionales con Certificados de Profesionalidad: Especialmente instaladores de climatización y energías renovables, que ahora pueden integrar la emisión de certificados dentro de sus servicios habituales.

En todos los casos, el técnico deberá presentar una declaración responsable ante la administración autonómica correspondiente antes de ejercer. Esta habilitación tiene validez en todo el territorio nacional.

¿Por qué importa esto si vas a tramitar tu certificado?

1. Garantías sobre el técnico que contratas. El nuevo registro da más transparencia al mercado. Antes era difícil verificar la habilitación de un profesional. Ahora hay un listado oficial y público. Como propietario, tienes derecho a exigir que el técnico esté inscrito antes de contratar el servicio.

2. El certificado tiene que ser válido para lo que lo necesitas Si vas a vender, el notario lo pedirá. Si vas a alquilar, tienes que tenerlo antes de publicar el anuncio. Si quieres pedir deducciones por obras, necesitas el certificado previo a las obras. En todos estos casos, un certificado emitido por un técnico no registrado no tendrá validez.

En definitiva…

El cambio del 23 de julio no es una revolución en el certificado energético, pero sí es una mejora importante en la transparencia y la calidad del servicio. El nuevo registro centralizado garantiza que los técnicos que emiten certificados están oficialmente acreditados, algo que hasta ahora no era fácil de verificar.

Si tienes pensado vender, alquilar o solicitar ayudas para rehabilitar tu vivienda, asegúrate de que el certificado lo emite un técnico inscrito en el registro y de que el documento está vigente.

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