El certificado de eficiencia energética lleva más de una década siendo obligatorio en España, pero en 2026 ha entrado en una nueva fase. La normativa se ha endurecido, las sanciones por no tenerlo siguen vigentes, y hay un cambio importante que afecta especialmente a las viviendas con la calificación más baja.
Si estás pensando en vender o alquilar tu casa, o simplemente quieres saber si el tuyo sigue siendo válido, este artículo te lo explica todo..
¿Qué es el certificado energético y para qué sirve?
El reEl certificado de eficiencia energética es un documento oficial que evalúa cuánta energía consume tu vivienda y cuánto CO₂ emite. El resultado se expresa en una escala de letras que va de la A (muy eficiente, máximo ahorro) a la G (poco eficiente, mayor consumo), representada con los colores que todos conocemos, del verde al rojo.
Más allá del trámite, el certificado tiene un valor real: te dice exactamente en qué estado energético se encuentra tu inmueble y qué mejoras concretas harían que consumiera menos, costara menos en facturas y valiera más en el mercado.
¿Cuándo es obligatorio tenerlo?
El certificado es obligatorio en estos siguientes casos:
- Venta de vivienda o local. Es imprescindible para formalizar la operación ante notario. Sin él no puede inscribirse en el Registro de la Propiedad.
- Alquiler de vivienda o local. Debe entregarse al inquilino antes de firmar el contrato.
- Tasación hipotecaria. Los tasadores lo solicitan para elaborar el informe.
- Solicitud de subvenciones o ayudas a la rehabilitación. Es un requisito indispensable para acceder a cualquier programa de ayudas del Plan de Recuperación o del IDAE.
- Deducción en IRPF por mejoras energéticas. Se necesitan dos certificados: uno antes de las obras y otro después. Sin el previo no hay deducción posible, aunque las obras ya estén hechas.
- Obras de rehabilitación que afecten a más del 25% de la envolvente térmica (fachadas, cubiertas, ventanas) o amplíen la superficie más de un 10%.
- Edificios públicos con más de 205 m² de superficie útil.
¿Qué ha cambiado en 2026?
La modificación más relevante llega de la mano del Real Decreto 659/2025, que actualizó el procedimiento básico de certificación energética. Desde el 1 de abril de 2026, los criterios de calificación son más estrictos y hay una novedad importante para los inmuebles con la letra G:
Las viviendas con calificación G tienen ahora una validez máxima de solo 5 años (frente a los 10 habituales). Si tu certificado G ya tiene más de 5 años, ha caducado y necesitas renovarlo antes de vender o alquilar.
Además, la normativa obliga a incluir propuestas de mejora con mayor detalle para estas viviendas, alineándose con el horizonte europeo que exige que los edificios con peor rendimiento energético (categorías F y G) sean rehabilitados antes de 2030.
Por otro lado, las empresas inmobiliarias están ya obligadas a mostrar el certificado energético en todos sus anuncios de venta y alquiler, lo que hace que la etiqueta sea más visible que nunca para compradores e inquilinos.
¿Cuánto tiempo dura el certificado energético?
Calificaciones A, B, C, D, E, F: validez de 10 años
Calificación G: validez de 5 años
El propietario es el responsable de renovarlo cuando caduque. Si vendes o alquilas con un certificado caducado, la operación puede bloquearse y además te expones a sanciones.
¿Qué pasa si no lo tienes?
No tener el certificado energético cuando es obligatorio puede acarrear sanciones que, según la gravedad de la infracción, van desde multas leves hasta infracciones graves con importes significativos. La responsabilidad recae sobre el propietario o arrendador.
Además, en la práctica, vender o alquilar sin él simplemente no es posible: el notario lo exigirá para la escritura, y las plataformas y agencias inmobiliarias lo solicitan para publicar el anuncio.
¿Cómo se obtiene el certificado energético?
El proceso es sencillo y puede resumirse en cuatro pasos:
1. Solicita el certificado a un técnico habilitado (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero…). En iCerti nos encargamos de asignarte el técnico adecuado para tu zona.
2. Visita del técnico al inmueble. El técnico mide la vivienda, evalúa fachadas, ventanas, cubiertas, instalaciones de calefacción, refrigeración y agua caliente, e introduce los datos en el software homologado por el Ministerio.
3. Emisión del informe. Se genera el certificado con la calificación obtenida y las propuestas de mejora obligatorias.
4. Registro en la comunidad autónoma. El certificado se registra oficialmente y se obtiene la etiqueta energética que debe figurar en los anuncios.
En iCerti gestionamos todo el proceso, incluyendo el registro. El plazo habitual desde la visita hasta tener el certificado listo es de 24 a 48 horas.
¿Y si quiero mejorar la calificación de mi vivienda?
Mejorar la letra energética tiene sentido por tres razones concretas: reduce la factura de luz y gas, aumenta el valor del inmueble en el mercado, y da acceso a deducciones fiscales en el IRPF.
Las deducciones vigentes son:
- 20% sobre la inversión para obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración (base máxima: 5.000 €/año)
- 40% para obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o alcancen calificación A o B (base máxima: 7.500 €/año)
- 60% para rehabilitaciones energéticas de edificios completos (comunidades de propietarios) con reducción del 30% o calificación A/B
Para acceder a estas deducciones es imprescindible tener dos certificados energéticos registrados: uno antes de las obras y otro al finalizar. El plazo para registrar el certificado posterior está vigente hasta el 1 de enero de 2027 (2028 para edificios completos).
¿Cuánto cuesta el certificado energético?
El precio no está fijado por ley, pero en la práctica se sitúa entre 70 € y 150 € para una vivienda estándar, dependiendo de la superficie, la ubicación y la complejidad del inmueble. En iCerti nuestro precio es de 70 €.
Lo que debes recordar
- Es obligatorio para vender, alquilar, tasar o solicitar ayudas.
- Desde abril de 2026 los criterios son más estrictos y la calificación G solo dura 5 años.
- Sin el certificado previo a las obras no hay deducción en el IRPF, aunque las obras ya estén terminadas.
- El proceso es rápido: con iCerti lo tienes en 24-48 horas desde la visita.
Si no sabes si tu certificado está vigente o necesitas tramitarlo, consúltanos sin compromiso y te orientamos en menos de cinco minutos.


